martes, 19 de septiembre de 2017

TUTORIA 3 PREGUNTAS GENERADORAS

¿CUÁLES SON LOS OBJETIVOS DE LA EDUCACIÓN PREESCOLAR?

 En la ley 115 de 1994 en el Articulo  16. Donde hace mención a los siguientes Objetivos específicos de la educación preescolar. 

a) El conocimiento del propio cuerpo y de sus posibilidades de acción, así como la adquisición de su identidad y autonomía;
b) El crecimiento armónico y equilibrado del niño, de tal manera que facilite la motricidad, el aprestamiento y la motivación para la lecto-escritura y para las soluciones de problemas que impliquen relaciones y operaciones matemáticas; 
c) El desarrollo de la creatividad, las habilidades y destrezas propias de la edad, como también de su capacidad de aprendizaje; 
d) La ubicación espacio-temporal y el ejercicio de la memoria;
e) El desarrollo de la capacidad para adquirir formas de expresión, relación y comunicación y para establecer relaciones de reciprocidad y participación, de acuerdo con normas de respeto, solidaridad y convivencia; 
f) La participación en actividades lúdicas con otros niños y adultos; 
g) El estímulo a la curiosidad para observar y explorar el medio natural, familiar y social; 
h) El reconocimiento de su dimensión espiritual para fundamentar criterios de comportamiento; 
i) La vinculación de la familia y la comunidad al proceso educativo para mejorar la calidad de vida de los niños en su medio, y 
j) La formación de hábitos de alimentación, higiene personal, aseo y orden que generen conciencia sobre el valor y la necesidad de la salud.


¿CUÁLES SON LOS FUNDAMENTOS DE LA EDUCACIÓN INICIAL?




¿QUÉ SE ENTIENDE POR ESTÁNDARES POR EDUCACIÓN?



Los Estándares de Competencias Básicas son criterios claros y públicos que permiten establecer los niveles básicos de calidad de la educación a los que tienen derecho los niños y las niñas de todas las regiones del país, en todas las áreas que integran el conocimiento escolar.



En los estándares básicos de calidad se hace un mayor énfasis en las competencias, sin que con ello se pretenda excluir los contenidos temáticos. No hay competencias totalmente independientes de los contenidos temáticos de un ámbito del saber -qué, dónde y para qué del saber-, porque cada competencia requiere conocimientos, habilidades, destrezas, comprensiones, actitudes y disposiciones específicas para su desarrollo y dominio. Sin el conjunto de ellos no se puede valorar si la persona es realmente competente en el ámbito seleccionado. La noción actual de competencia abre, por tanto, la posibilidad de que quienes aprenden encuentren el significado en lo que aprenden.



Conclusiones: 

1. Los objetivos de la educación preescolar contemplados en la ley 115 de 1994 en su Art. 16, son el conjunto de situaciones que se unen para garantizar y optimizar la atención del niño-niña en la etapa preescolar. Siendo responsables el estado, la sociedad, la familia y las instituciones educativas; durante este proceso de desarrollo y formación integral del menor.
2. Los fundamentos de la educación inicial, son la base donde se radican e implementan las políticas legales. Estos aspectos caracterizan y fundamentan de manera armónica; la importancia de ahondar esfuerzos en bienestar  de los niños y niñas durante esta etapa de su desarrollo.

3. Los estándares de educación, tienen como función la organización de procesos encaminados a mejorar las condiciones educativas del país, en los diferentes  grados y áreas de conocimiento. Siendo un mecanismo de control y seguimiento del estudiante.



CIBERGRAFÍA:
http://www.mineducacion.gov.co/1621/articles-85906_archivo_pdf.pdf

http://www.mineducacion.gov.co/primerainfancia/1739/article-177832.html

http://www.mineducacion.gov.co/1621/article-87440.html

miércoles, 6 de septiembre de 2017

TUTORIA 2 PREGUNTA GENERADORA

1. ¿CUÁL ES EL APORTE FUNDAMENTAL DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA?


La Constitución Política es nuestra máxima ley, ella fija la organización de un estado y establece los derechos y obligaciones básicas de los ciudadanos.

La Constitución Política de Colombia es la carta magna de nuestro país. Tiene como fin fortalecer la unidad de la nación, y asegurar a los ciudadanos la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico democrático y participativo, que garantice un orden político, económico y social justo que comprometa la integración de la comunidad.



2. ¿EN QUÉ NORMAS SE REFLEJAN?



Constitución política de 1991.
Artículo 67. La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura. La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente. El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria entre los cinco y los quince años de edad y que comprenderá como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica. La educación será gratuita en las instituciones del Estado, sin perjuicio del cobro de derechos académicos a quienes puedan sufragarlos. 
Corresponde al Estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por su calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos; garantizar el adecuado cubrimiento del servicio y asegurar a los menores las condiciones necesarias para su acceso y permanencia en el sistema educativo. La Nación y las entidades territoriales participarán en la dirección, financiación y administración de los servicios educativos estatales, en los términos que señalen la Constitución y la ley. 

CONSTITUCIÓN POLÍTICA Y LEY GENERAL DE EDUCACIÓN.


1. Destacan el papel de la educación en el pleno desarrollo de las personas, los grupos y el país.
2. Exigen la valoración de los deberes y derechos humanos como base del respeto y el cumplimiento de los mismos.
3. Abren caminos para el pluralismo y para un tratamiento civilizado e inteligente de las diferencias personales y culturales.
4. Reconocen que las personas y las instituciones pueden y deben ejercer una autonomía que les permita comprometerse consigo mismas y con el país.
5. Proclaman la democracia participativa como forma de convivencia de máxima calidad.
6. Establecen mecanismos de descentralización que facilitan el desarrollo regional y municipal.
7. Conservan las instituciones del sector educativo pero les exigen una transformación profunda de sus funciones.
8. Constituyen las bases jurídicas para una nueva educación y un nuevo país. 

2.¿ QUIENES SON LOS RESPONSABLES?

Como lo menciona en el artículo 44 de la constitución política,¨Son derechos fundamentales de los niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación y la libre expresión de su opinión. Serán protegidos contra toda forma de abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación laboral o económica y trabajos riesgosos. Gozarán también de los demás derechos consagrados en la Constitución, en las leyes y en los tratados internacionales ratificados por Colombia.

La familia, la sociedad y el Estado tienen la obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos. Cualquier persona puede exigir de la autoridad competente su cumplimiento y la sanción de los infractores. Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los demás¨. 





CONCLUSIÓN 

La constitución política de 1991, es donde nace la normatividad y las políticas direccionadas al bien común de la sociedad, donde el estado es responsable de su cumplimiento y organización 
La familia, la sociedad, el estado colombiano son responsables en el cumplimiento pleno de los derechos del niño,  siendo fundamental garantizar su bienestar y desarrollo integral en todas las etapas de la vida.





CibergrafÍa: 

http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125

https://www.youtube.com/watch?v=8FGP-JgvJg0

http://www.icbf.gov.co/cargues/avance/docs/ley_1098_2006.htm

http://slideplayer.es/slide/133909/

Bibliográfica

Revista lineamientos generales de procesos curriculares, documento 1 pág 17 (MEN).

viernes, 1 de septiembre de 2017

TUTORIA 1 PREGUNTAS GENERADORAS

1. ¿QUÉ SON LINEAMIENTOS?

Lineamiento proviene del termino latino (lineamentum), 

Es el programa o plan de acción que rige a cualquier institución. 

Es un conjunto de medidas, normas y objetivos que deben respetarse dentro de una organización.

Si alguien no respeta estos lineamientos, estará en falta e incluso puede ser sancionado, dependiendo de la gravedad de su acción. 




LINEAMIENTOS PEDAGÓGICOS 

Son  los que buscan fomentar el estudio de la fundamentación pedagógica de las disciplinas, el intercambio de experiencias en el contexto de los Proyectos Educativos Institucionales.

Los mejores lineamientos pedagógicos serán: 

Aquellos que proporcionen la creatividad, el trabajo solidario en grupos de estudio, el incremento de la autonomía y fomenten en la escuela la investigación, la innovación y la mejor formación de los colombianos.




LINEAMIENTOS  CURRICULARES 


Son las guías que desarrolla el ministerio de educación en cada país, allí se escriben los estándares y los logros que deben tener cada niño(a) en cada uno de los grados que curse en la escuela, los maestros de las escuelas públicas y privadas deben tomar esta guía para preparar sus clases, ya que ahí indican que es lo debe aprender el niño en cada año lectivo.

SE CREAN PARA: 

Apoyar el proceso de fundamentación, planeación de las áreas obligatorias y fundamentales definidas por la ley General de Educación en su art. 23.




2. ¿ QUÉ IMPLICACIONES TIENE PARA EL EDUCADOR EL ASUMIR LA EDUCACIÓN COMO UN FENÓMENO SOCIAL Y POLÍTICO? 



Hanna Arendt (1993), quien explicaba el proceso de aprendizaje humano desde el punto de vista de su incorporación al mundo, bajo la idea de que su naturaleza social no basta para adaptarlo a la vida organizada con otros seres humanos, pues no hablamos de organizaciones sencillas, sino complejas, cargadas de historia, valores e intrincadas significaciones, "En sociedades tan vastas como las nuestras, los individuos son tan diferentes los unos de los otros, que no hay, por así decir, nada de común entre ellos, salvo su cualidad general de ser hombres". decía Durkheim (1998:18).
En el párrafo anterior se mencionan características del hombre y la sociedad, la complejidad intrínseca de las relaciones del hombre. Se concibe la educación como un proceso permanente de carácter social y personal. Donde el educador tiene como función la realización directa de los procesos sistemáticos de enseñanza - aprendizaje, lo cual incluye el diagnóstico, la planificación, la ejecución y la evaluación de los mismos procesos y sus resultados, y de otras actividades educativas dentro del marco del proyecto educativo institucional de los establecimientos educativos. (MEN). Entonces podemos decir que el educador es un agente activo en la construcción de una sociedad que incorpora valores morales, sana convivencia, integralidad en los procesos formativos de ciudadano y ciudadanas que sean galantes de sus derechos y deberes, siendo conscientes en la toma de decisiones y la multiplicidad  de conductas que direccionan y enrutan los contextos culturales, sociales, económicos y culturales. Es en ese momento donde el educador asume su rol integral de hacer una transformación real de la educación como un fenómeno social, cultural y político en las concepciones ideológicas de generaciones, en los contextos diversos plasmados en la cotidianidad del pensamiento colectivo.

Émile Durkheim "la educación común es función del estado social; pues cada sociedad busca realizar en sus miembros, por vía de la educación, un ideal que le es propio" (1998:18) 




En el texto de Rafael Florez Ochoa, en su documento ¨Hacia una Pedagogía del Conocimiento¨. En el capitulo 15

( Formación del nuevo docente)pág. 266, ¨donde expresa que el maestro no es solo el especialista que domina una ciencia cualquiera cuyo  contenido puede comunicar en abstracto, sino que además debe comunicarse con un grupo de estudiantes concretos, histórica y culturalmente determinados, para los cuales debe de traducir sin distorsionar los conceptos  y las estructuras teóricas básicas de la ciencia...¨ con lo anterior el docente promueve esa adquisición de conocimientos conceptuales, pero a su vez tiene que brindar las herramientas necesarias para la comunicación racional, en una realidad intersubjetíva, que generé y promueva conocimiento de manera autónoma. Siendo este el autor y transformador de realidades.




CONCLUSIÓN




  • El Ministerio Nacional de Educación, ha instaurado y reglamentado una legislación que rige la educación, teniendo en cuenta los contextos históricos, políticos, económicos, sociales y culturales. Que han sido fundamentales en la construcción de un estado de derecho y tiene como función velar por el bienes común de toda la sociedad colombiana; que brinda protección y garantiza el cumplimiento de la normatividad. Dando herramientas que fomenten la participación ciudadana, la convivencia, las competencias de manera integral. 
  • El rol del docente es integral por la multiplicidad de funciones y su participación en la construcción de una sociedad diversa, que se encuentra cada vez más instaurada, siendo gestor de cambios sociales, culturales, científicos y comunitarios. Resaltando no solo su capacidad intelectual, fortalecidas por su especialidad en las diferentes ramas de la educación; sino el talento de mover grupos específicos y cambiar pensamientos a través de la enseñanza y la transmisión de saberes.  es por esto que el educador asume retos en su cotidianidad, por ser un constructor activo en los diferentes contextos y fenómenos sociales, culturales y políticos.







Cibergrafía:
http://www.mineducacion.gov.co/1621/article-80258.html


https://es.slideshare.net/elvipeon/sociologa-de-la-educacin-unidad-1-parte-2

http://rieoei.org/opinion16.htm