1. ¿CUÁL ES EL APORTE FUNDAMENTAL DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA?
La Constitución Política es nuestra máxima ley, ella fija la organización de un estado y establece los derechos y obligaciones básicas de los ciudadanos.
La Constitución Política de Colombia es la carta magna de nuestro país. Tiene como fin fortalecer la unidad de la nación, y asegurar a los ciudadanos la vida, la convivencia, el trabajo, la justicia, la igualdad, la libertad y la paz, dentro de un marco jurídico democrático y participativo, que garantice un orden político, económico y social justo que comprometa la integración de la comunidad.
2. ¿EN QUÉ NORMAS SE REFLEJAN?
Constitución política de 1991.
Artículo 67. La educación es un derecho de la persona y un servicio público que tiene una función social; con ella se busca el acceso al conocimiento, a la ciencia, a la técnica, y a los demás bienes y valores de la cultura. La educación formará al colombiano en el respeto a los derechos humanos, a la paz y a la democracia; y en la práctica del trabajo y la recreación, para el mejoramiento cultural, científico, tecnológico y para la protección del ambiente. El Estado, la sociedad y la familia son responsables de la educación, que será obligatoria entre los cinco y los quince años de edad y que comprenderá como mínimo, un año de preescolar y nueve de educación básica. La educación será gratuita en las instituciones del Estado, sin perjuicio del cobro de derechos académicos a quienes puedan sufragarlos.
Corresponde al Estado regular y ejercer la suprema inspección y vigilancia de la educación con el fin de velar por su calidad, por el cumplimiento de sus fines y por la mejor formación moral, intelectual y física de los educandos; garantizar el adecuado cubrimiento del servicio y asegurar a los menores las condiciones necesarias para su acceso y permanencia en el sistema educativo. La Nación y las entidades territoriales participarán en la dirección, financiación y administración de los servicios educativos estatales, en los términos que señalen la Constitución y la ley.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA Y LEY GENERAL DE EDUCACIÓN.
1. Destacan el papel de la educación en el pleno desarrollo de las personas, los grupos y el país.
2. Exigen la valoración de los deberes y derechos humanos como base del respeto y el cumplimiento de los mismos.
3. Abren caminos para el pluralismo y para un tratamiento civilizado e inteligente de las diferencias personales y culturales.
4. Reconocen que las personas y las instituciones pueden y deben ejercer una autonomía que les permita comprometerse consigo mismas y con el país.
5. Proclaman la democracia participativa como forma de convivencia de máxima calidad.
6. Establecen mecanismos de descentralización que facilitan el desarrollo regional y municipal.
7. Conservan las instituciones del sector educativo pero les exigen una transformación profunda de sus funciones.
8. Constituyen las bases jurídicas para una nueva educación y un nuevo país.
CONSTITUCIÓN POLÍTICA Y LEY GENERAL DE EDUCACIÓN.
1. Destacan el papel de la educación en el pleno desarrollo de las personas, los grupos y el país.
2. Exigen la valoración de los deberes y derechos humanos como base del respeto y el cumplimiento de los mismos.
3. Abren caminos para el pluralismo y para un tratamiento civilizado e inteligente de las diferencias personales y culturales.
4. Reconocen que las personas y las instituciones pueden y deben ejercer una autonomía que les permita comprometerse consigo mismas y con el país.
5. Proclaman la democracia participativa como forma de convivencia de máxima calidad.
6. Establecen mecanismos de descentralización que facilitan el desarrollo regional y municipal.
7. Conservan las instituciones del sector educativo pero les exigen una transformación profunda de sus funciones.
8. Constituyen las bases jurídicas para una nueva educación y un nuevo país.
2.¿ QUIENES SON LOS RESPONSABLES?
Como lo menciona en el artículo 44 de la constitución política,¨Son derechos fundamentales de los
niños: la vida, la integridad física, la salud y la seguridad social, la
alimentación equilibrada, su nombre y nacionalidad, tener una familia y no ser
separados de ella, el cuidado y amor, la educación y la cultura, la recreación
y la libre expresión de su opinión. Serán protegidos contra toda forma de
abandono, violencia física o moral, secuestro, venta, abuso sexual, explotación
laboral o económica y trabajos riesgosos. Gozarán también de los demás derechos
consagrados en la Constitución, en las leyes y en los tratados internacionales
ratificados por Colombia.
La familia, la sociedad y el
Estado tienen la obligación de asistir y proteger al niño para garantizar su
desarrollo armónico e integral y el ejercicio pleno de sus derechos. Cualquier
persona puede exigir de la autoridad competente su cumplimiento y la sanción de
los infractores. Los derechos de los niños prevalecen sobre los derechos de los
demás¨.
CONCLUSIÓN
La constitución política de 1991, es donde nace la normatividad y las políticas direccionadas al bien común de la sociedad, donde el estado es responsable de su cumplimiento y organización .
La familia, la sociedad, el estado colombiano son responsables en el cumplimiento pleno de los derechos del niño, siendo fundamental garantizar su bienestar y desarrollo integral en todas las etapas de la vida.
CibergrafÍa:
http://www.alcaldiabogota.gov.co/sisjur/normas/Norma1.jsp?i=4125
https://www.youtube.com/watch?v=8FGP-JgvJg0
http://www.icbf.gov.co/cargues/avance/docs/ley_1098_2006.htm
http://slideplayer.es/slide/133909/
Bibliográfica:
Revista lineamientos generales de procesos curriculares, documento 1 pág 17 (MEN).
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